DHS Anuncia Cambios Temporales a Ciertos Requisitos de Visas H-2B para Proteger la Cadena de Suministro de Alimentos de Estados Unidos


El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) ha anunciado una regla final provisional para cambiar ciertos requisitos de las visas H-2B, a fin de ayudar a sostener la cadena de suministro de alimentos de Estados Unidos, mantener las operaciones de infraestructura esenciales y reducir el impacto de la emergencia de salud pública causada por el coronavirus (COVID-19).

Estas medidas temporales no debilitan ni eliminan protecciones a los trabajadores estadounidenses y no aumentan la cantidad de empleados H-2B en exceso de la cantidad límite establecida por el congreso.

Bajo esta regla final provisional, un peticionario tendrá flexibilidades adicionales para emplear trabajadores esenciales para la cadena de suministro de alimentos de Estados Unidos. Para beneficiarse de este cambio de tiempo limitado en los requisitos regulatorios, el trabajador H-2B ya debe estar en Estados Unidos en un estatus H-2B válido.

Existen dos flexibilidades en la regla final provisional. Primero, la regla permite que un empleador H-2B emplee a un no inmigrante H-2B que esté físicamente presente en Estados Unidos mientras la petición del empleador H-2B a nombre de dicho no inmigrante está aún pendiente ante USCIS. La regla solo proporciona esta flexibilidad si el empleador declara que el trabajador realizará servicios o trabajos temporales que son esenciales para la cadena de suministro de alimentos de Estados Unidos. La autorización de empleo temporal estará vigente por un máximo de 60 días. Segundo, la regla permite que los trabajadores H-2B que son esenciales para la cadena de suministro de alimentos de Estados Unidos permanezcan en Estados Unidos más allá del periodo máximo de estadía permitido de tres años. Esta flexibilidad aplica a las peticiones presentadas por el actual empleador del no inmigrante H-2B, así como a las peticiones presentadas por un posible nuevo empleador. La regla solo proporciona esta flexibilidad si el empleador declara que el trabajador realizará servicios o trabajos temporales que son esenciales para la cadena de suministro de alimentos. No se aceptará que los empleadores contraten extranjeros ilegales.

Un peticionario que desee obtener estas flexibilidades bajo esta regla final provisional tendrá que presentar una declaración jurada bajo pena de perjurio, que el (los) trabajador(es) H-2B realizará(n) labores o servicios no agrícolas temporales que son esenciales para la cadena de suministro de alimentos.

La regla final provisional entra en efecto de inmediato una vez publicada en el Registro Federal. Exhortamos al público a leer y revisar los cambios y requisitos temporales en la notificación del Registro Federal.

DHS anunció anteriormente protecciones similares para los empleadores agrícolas estadounidenses a fin de asegurar la cadena de suministro de alimentos de la nación. La clasificación no inmigrante H-2B aplica a los trabajadores extranjeros que desean venir a realizar trabajo no agrícola de naturaleza temporal en Estados Unidos, lo que usualmente no dura más de un año, para lo cual no existen trabajadores estadounidenses disponibles, dispuestos y cualificados.

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